1776.07.13. Madrid. Antonio Rafael de Mengs a Juan Francisco de Ochoa.

Muy señor mio: En vista de la favorecida carta de Vuestra Señoría, fecha de 11 de éste, no puedo decirle más sobre el talento, aplicación y habilidad de Don José del Castillo, Don Francisco Goya y Don Ramón Bayeu, de lo que he expuesto en mi informe del 18 del pasado, como tambien del discipulo Manuel Napoli. Sólo debo hacerle presente que, al presente, nos hallamos tan escasos de sujetos servibles en esta Córte, que se hace preciso tomar algunos al Real servicio para cumplir con los encargos y obras necesarias para la Real fábrica de tapices, y para dar en el mismo tiempo fomento á la profesion de la pintura con ménos dispendio y más puntualidad que no sucederia encargando las obras por el puro pagamento. No obstante debo decir á Vuestra Señoria que el modo tenido hasta ahora con los pintores no es el más conducente para mantenerlos en la vigilancia y continua aplicación que corresponde al Real servicio y adelantamiento de los mismos pintores. Para lograr el deseado fin de ver bien servido á Su Magestad, con adelantamiento de los artífices, los sueldos no deberán ser bastantes para su entera manutencion, á fin de que les quede deseo de tener obras por el Rey. Estas se les deberá pagar aparte con proporcion al sueldo y al mérito de ellas, lo que se deberá hacer por el primer pintor de Cámara de Su Magestad, ó, en su ausencia, por el primer Arquitecto de Su Magestad, con el interventor de los pintores de Cámara de su elección. De modo que del valor que se consideráse merecer las obras se les pague la mitad, pero por las obras que estuviesen hechas por borroncillos pintados de otro pintor de Su Magestad se les pagará solamente una tercera parte del valor.

Todos los pintores del Real servicio deben obligarse, como si fuera por juramento, de no trabajar por nadie sin expresa licencia de los respectivos superiores, ni pretender semejante permiso teniendo entre manos algunas del Real servicio. Asimismo los que estuvieren encargados de alguna obra no la dejarán de mano para emprender otra, aunque sea del Real servicio, sin órden de los jefes. Esto es cuanto se me ofrece en el general modo que en particular le consta siguen: —Don José del Castillo merece 9.000 reales de sueldo, y las obras pagadas á mitad. —Don Ramon Bayeu, 8.000 y por ahora, con la subordinacion de trabajar por los borroncillos de su hermano. — Don Francisco Goya, 8.000 reales, por ahora. —Manuel Napoli, para mantenerse en Roma, necesita 7 reales diarios.

Dios guarde á Vuestra Señoría muchos años.

Casa de la Cadena, á 13 de Julio de 1776.

Besa la mano de Vuestra Señoría su más rendido servidor,

Antonio Rafael Mengs

Señor Don Juan Franciso de Ochoa, contador general de Su Magestad.

Canellas López, Ángel. Diplomatario, Francisco de Goya. Zaragoza: Institución Fernando el Católico, 1981. Cartulario, documento XII.



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